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Derechos Plenos 1/2


Fausto Fernández Ponte

24 de abril de 2006


I En 1990, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dio un paso de suma importancia para los intereses estratégicos veros de México, el que se representa en sus emigrantes.

En ese año, la ONU aprobó la Convención para la Protección de los Derechos Plenos de los Trabajadores Migratorios. En ese hito el gobierno de México desempeñó un papel meritorio.

Y ese papel consistió en formular propuestas concretas que contribuyeron a darle cuerpo conceptual a la Convención y salirle al paso visionariamente al fenómeno de la migración.

La posición mexicana se sustentó sobre la experiencia histórica de la emigración hacia Estados Unidos y, desde luego, en el acervo vivencial de emigrantes e inmigrados.

Un personaje central en este proceso fue José Jacques Medina, un luchador social mexicano en EU activo en la defensa de los derechos humanos de inmigrados en ese país.

Nuestro personaje emigró sin documentos a EU tras la brutal represión gubernamental de activistas en el movimiento social de 1968, cuyo desenlace fue la matanza de Tlatelolco.

En EU, el señor Jacques Medina organizó innovadoramente y con imaginación la defensa política y jurídica de los connacionales en California y alcanzó metas trascendentes.

II Cierto. Junto con otros mexicanos en California, Arizona, Texas e Illinois y EU, el señor Jacques Medina se convirtió en el eje central de un movimiento precursor de la Convención.

Y ese movimiento se emblematizó en la Carta de Derechos Plenos para los Trabajadores Indocumentados, elaborada y difundida en la década de los ochenta.

Esa Carta fue un documento político de gran alcance, por lo que obtuvo inclusive la adhesión de varias organizaciones centrales de sindicatos de trabajadores en México.

Así, ese documento sirvió de antecedente para muchas de las propuestas y la posición cortical del grupo gubernamental mexicano que en la ONU promovía la Convención.

Menciónese que esa Convención fue ratificada por el Senado de la República, por lo cual el Estado mexicano se adhirió a su letra y espíritu. Esa adhesión obliga al Estado mexicano.

Subráyese que el Senado estadunidense no ha ratificado ese instrumento internacional, lo que implica un rechazo a sus premisas y enunciados.

Ello le permite al Estado estadunidense --particularmente al Poder Ejecutivo que hoy preside George W. Bush-- diseñar y aplicar las brutales políticas antiinmigrantes.

III Y dado que la inmensa mayoría del total de inmigrados en EU está conformada por mexicanos sin documentos --unos 11 millones--, esas políticas nos afectan particularmente.

Señálese que, por añadidura, el grueso mayoritario de la emigración indocumentada a EU procede de México, ocupando un segundo lugar la que se origina en América Central.

Esas políticas atizan las fogaratas del racismo, la explotación laboral y la negación sistémica --cultural y jurídica-- de todos los derechos humanos de los inmigrados.

Pero en México el Estado reproduce ferozmente esa aberrante conducta estadunidense: perseguimos a los que, procedentes de Centroamérica, arriban en tránsito a EU.

Esa conducta del Estado mexicano contradice con flagrante mendacidad las propias leyes mexicanas --la Constitución misma-- y la Convención de la ONU.

Así es. Aquí maltratamos con lujo de violencia a emigrantes e inmigrados centroamericanos y de otros países, aplicando al pie de la letra instrucciones estadunidenses.

Los indocumentados centroamericanos carecen, en la práctica, de garantías. Se les niegan sus derechos plenos. Esta terrible incongruencia del Estado es mengua de México.

Glosario:

Hito: persona, cosa o hecho clave y fundamental dentro de un ámbito o contexto. Mengua: descrédito, deshonra, especialmente cuando procede de falta de valor.


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