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Estado de Derecho

Fausto Fernández Ponte



I

Hace unos días, el Presidente de la República y los representantes de los otros Poderes de la Unión --el Legislativo y el Judicial-- exaltaron, con las retóricas, el Estado de derecho en México.


Y esos representantes reiteraron la prevalecencia en nuestro país de un orden legal que, a la luz de la realidad, es sólo un anhelo hasta ahora inasible en la práctica. La realidad es otra.


El Estado de derecho existe sólo en los libros, mas no en la psique colectiva. De hecho, en nuestro país existen, pero no se aplican, muchas leyes. Pero su aplicación no sirve a la justicia.


¿Qué se nos quiere decir, desde las vertientes del poder formal y fáctico, cuando se afirma que en México prevalece el estado de derecho? ¿Y qué es, por ciento, el estado de derecho?


Y dada la dudosa calidad moral de los personeros del poder formal y fáctico, notoriamente obvia cada vez, la ciudadanía en general entiende la expresión como estado de privilegio para unos cuantos.


Y, a todo ésto, ¿qué es un estado de derecho? ¿Y qué es un Estado? ¿Y qué es el derecho? En su acepción más sencilla es el Estado sometido al derecho.


O, por mejor decirlo, es el Estado sujeto a la acción omnicomprensiva de las leyes, tal como la proclamaron hace más de dos siglos los constitucionalistas estadunidenses.


Esos constitucionalistas establecieron un gobierno de leyes y no de hombres, definición la cual es axial en cualesquier exégesis de un entramado constitucional dado.
II

Esos postulados fueron enunciado posteriormente por los revolucionarios franceses, inspirados en las ideas del enciclopedismo sincretizadas en el sometimiento de la autoridad a la ley.


Señálese que el estado de derecho surgió en respuesta opositora al Estado absolutista del antaño. Este absolutismo no reconocía fronteras a la voluntad del soberano ni los derechos de los gobernados.


El mérito de los estadunidenses reside en el hecho de que por primera vez se plasmaron por escrito --en la Constitución de 1787-- los conceptos filosóficos y doctrinarios franceses en esa materia.


Pero los anhelos franceses de un estado de derecho tuvieron inspiración inglesa. Fue Inglaterra la forjadora de los primeros elementos del Estado constitucional.


Empero, la célebre Carta Magna inglesa jamás fue objeto de plasmación escriturada. Aun hoy, ese documento fundamental carece de expresión escrita o impresa, aunque las leyes reglamentarias sí.


Los pensadores alemanes --Kant, Fichte, entre otros-- también aportaron. Las contribuciones germánicas fueron la de la precisión necesaria. Le dieron cuerpo a antiguos anhelos.


Así, pudiérese decir sin caer en hipérbole que la refinación ideológica del Estado de derecho fue francesa y su ejecución estadunidense. La Constitución de EU es vigente todavía.


Esa vigencia es notable, pues siendo ese documento el primero de carácter constitucional escrito en la historia del hombre pensaríase
no sin razones que la realidad actual ya lo habría rebasado.


III

Ello, desde luego, cae en el terreno de la interpretación subjetiva. Para muchos estadunidenses, su Constitución es obsoleta y anticuada. Para otros, acusa todavía vigor preceptivo.


Sin embargo, es obvio que en EU el Estado de derecho acusa deficiencias enormes, consecuencia de la manipulación mediática maniquea de la opinión pública y la conjunción de intereses creados.


Pero el proceso constitucionalista y su obra maestra, el Estado de derecho --como la llama Rodrigo Borja-- obedecen a un dilatado itinerario histórico. El Estado de derecho deviene de la experiencia.


Es decir, de la experiencia histórica de cada pueblo. En México, esa experiencia histórica ha sido conformada por nuestros atavismos culturaes de autoritarismo. El Estado de derecho responde a ello.


Esa cultura tiene por premisa central no escrita que el Estado de derecho sirve a una noción de justicia subordinada a los intereses del poder o, a fuer de precisión, de ciertas facciones del poder.


El resultado es una aberración: es un Estado de derecho --Andrés Manuel López Obrador lo llama "Estado de chueco"-- cuyos conculcadores principales son, en los hechos, los propios personeros del poder.


Estos gozan de impunidad en el ejercicio metalegal --metaconstitucional, inclusive-- y corrupto de sus investiduras y potestades, lo cual les otorga impunidad.


A ello sumaríase otra aberración: procurar e impartir justicia es una práctica comercial, determinada por las leyes del mercado --la oferta y la demanda-- que hace del Estado de derecho una bufonada.


Este es el telón de fondo de las proclamaciones rapsódicas del presidente Felipe Calderón acerca del Estado de derecho en México. El es expresión misma de esa falacia dada su espuriedad como mandatario.


Glosario:

Exégesis: Interpretación.

Maniquea: Dos principios, uno para el mal y otro para el bien.

Omnicomprensiva: Amplio e incluyente.

Retóricas: Arte de bien decir, muchas veces sin sustancia.









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