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Aborto (2/2)

Fausto Fernández Ponte



I

La Ley de Despenalización del Aborto --en realidad, reformas a varios códigos, incluyendo el penal-- del Distrito Federal sienta, sin duda, un precedente asaz importante.


Empero, su mérito mayor es su carácter de expresión de congruencia política, jurídica y social del órgano de representación popular en el ámbito defeño como la Asamblea Legislativa o Legislatura local.


La legislatura defeña aprobó las reformas aquí mencionadas. convirtiéndola en ley que por ministerio constitucional prontamente promulgó el jefe de Gobierno del DF, Marcelo Ebrard.


No huelga subrayar que, como consecuencia de la promulgación de la ley, el señor Ebrard fue excomulgado por la iglesia católica de México. No tiene derecho, pues, a la comunión según el rito aludido.


Mas volvamos a la ley, la cual, como sabríase, fue promulgada la semana pasada para atender una realidad sociocultural y enjaezarla a un marco jurídico cuyo propósito declarativo es social.


Y es que, como telón de fondo, la inmensa mayoría de las leyes es promulgada para crear una nueva realidad social que, por lo general, no es lograda. El resultado es la incongruencia entre lo legal y lo real.


Así es, en el caso mexicano. El Poder Legislativo federal, por ejemplo, presume que sus ordenamientos penalizan la comisión de ciertos delitos, bajo la premisa de que la ley erradicará su práctica.


II


La Ley de Despenalización del Aborto en el DF le sale al paso a una realidad cuyo verismo es insoslayablemente abrumador. El aborto se práctica extensamente no obstante que hasta ha poco era penado.


Esa manifestación de realismo por parte de la Legislatura defeña explicaría no sin elocuencia las razones de ser de que esté dominada por un sólo partido político, con presencia mínima de los demás.


En efecto. Bajo las premisas mayores de una forma de organización política como la que prevalece en México --con notorias insuficiencias y acusadas deficiencias-- la Legislatura interpreta un sentir social.


Y ese sentir social, tal vez no expresado mediante la difusión de símbolos semánticos, se encuerpa en la ley a la que nos referimos. El dilema de abortar o no es ajeno al marco jurídico.


Pero lo que sí es propio de dicho marco es el hecho factual de su práctica. Con dilema o sin ellos y con discutivas morales y éticas o no, la práctica del aborto trasciende lo filosófico y espiritual.


Pero la ley no tiene por objetivo estratégico final el de salirle al paso a los dilemas filósoficos y espirituales, sino el de darle cabida en la doctrina jurídica de reconocer una realidad ya existente.


Y no reconocerla implica peligrosidad. Implica mantener una doble banda de moralidades y eticismos que, para su sostenimiento, requiere lenguajes y discursos hipócritas, distantes de la realidad ideal.


III


Requiere, documentadamente, simulación. Simular que existe esa realidad ideal. Esta sería, desde luego, la de que ninguna gestación humana fuese interrumpida por las razones que fueren.


Y uno de los simuladores mayores es la Iglesia Católica, emblema que es una religión organizada para fines de poder y de negocios mediante dominación y adherencia a dogmas de alcance antisocial.


La naturaleza antisocial de los dogmas eclesiásticos se define por sí misma: el sometimiento, mediante manipulación --como la de excomulgar, por ejemplo--, a la mujer y a niños no deseados ni amados.


La Iglesia Católica es, por definición filosófica de sus orígenes, antimujer. Y obliga a ella a ser la progenitora de masas de humanos no deseados ni amados susceptibles de manipulación e inducir su conducta.


Y México está lleno --atiborrado-- de hombres y mujeres no deseados ni amados, lo que tiene manifestación elocuente en nuestras propias instituciones: un Estado criminógeno y una delincuencia virulenta.


La existencia, como en México, de un Estado criminógeno y una delincuencia virulenta es, a la vez, causal y efecto de nuestro gran atraso social. Por ello, la Ley referida es acto de liberación social.


Glosario:

Criminógeno: Proclive a la criminalidad por naturaleza.

Dogma: Proposición que se asienta por firme y cierta y como principio innegable de una ciencia.

ffponte@gmail.com

















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