Además de Saqueo, Despojo
Fausto Fernández Ponte
I
Los diputados y senadores de ese nuevo partido político de mando bicéfalo que conocemos zumbonamente por sus ya tristemente célebres siglas de PRIAN se apresta a ponerle la proverbial cereza al pastelote de la Ley Gordillo .
Y esa cereza --en realidad, un fruto hipertrofiado-- es otro botín para grupos de interés en México que dadas sus enormes potestades metalegales conforman en realidad un poder fáctico. Ese es el poder real.
Y este poder real domina y utiliza para sus fines al poder formal, el del Estado, mediante entreveramientos y traslapes institucionales y funcionales que suelen ser ajustados a imperativos de la moral jurídica para legalizar el ejercicio de lo ilícito.
Ejemplos de ello abundan en México. La citada Ley Gordillo es expresión arquetípica, pues le otorga un carácter inclusive constitucionalizar al saqueo crematístico de los tesauros del Estado que, en realidad, son los tesauros del pueblo de México.
Mas, antes de la Ley Gordillo --o Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado-- el poder real, el fáctico, ha dado muestras del alcance de su influencia. Las leyes del rescate bancario son otro ejemplo.
Y la ley que, en 2001, le permitió al titular del Poder Ejecutivo, Vicente Fox, alzarse con unos 20 mil millones de pesos cuyos verdaderos propietarios, los aportadores de recursos al Sistema de Ahorro para el Retiro o SAR.
En esa ocasión, el gobierno presidido por el señor Fox, recién iniciado, logró que el Congreso le adjudicara, a la luz de ciertas reformas a la Ley del SAR realizadas nueve años antes, esos recursos de obreros y empleados para un fondo de pensiones.
II
La adjudicación se sustentó sobre una lógica cuya premisa mayor fue la de que esos fondos eran aportaciones de trabajadores que por algún motivo no se inscribieron en ninguna Administradora de Fondos para el Retiro o afore y que no fueron reclamados.
Los fondos fueron destinados a un ente de creación del foxismo, la Financiera Rural, que los invertiría en la capitalización de la economía agrícola y los medios de producción de propiedad privada. Empero, el campo no resultó capitalizado.
Esa adjudicación se realizó legalmente. Es decir, se constitucionalizó la apropiación por parte de grupos de interés --los del poder real-- de esos 20 mil millones de pesos de propiedad de millones de aportadores. Fue un acto de corrupción legalizada.
Y hoy, la Cámara de Diputados repetirá la proeza de 2001, adjudicándole al Poder Ejecutivo otros miles y miles de millones de pesos de propiedad de trabajadores --obreros, empleadods y burócratas-- colocados en cuentas para jubilación.
Los titulares de esas cuentas para jubilación han dejado de aportar por una gama variopinta de razones que van desde la pérdida de empleo hasta cambio de giro en actividad económica o inclusive por retiro o por ignorancia.
¿Cómo repetirá la Cámara de Diputados esa dudosa proeza? Mediante la discusión, en el decurso de la semana que corre, de reformas a la Ley del SAR, con cuya aprobación se subsanarían ciertas omisiones y yerros de la Ley Gordillo.
Mediante esas reformas a la Ley del SAR sería legalmente posible echarle mano a esos dineros que el ordenamiento que lleva el nombre de Elba Esther Gordillo, la dirigente moral del sindicato magisterial, ha puesto a disposición de particulares.
III
Esos particulares son la propia señora Gordillo y los personeros de entidades partidistas y sindicales, empresas dedicadas a la especulación financiera y otras actividades de lucro y, desde luego, a la bursátil.
Empero, esos recursos de los trabajadores que el Congreso pretende adjudicar a terceros --destinatarios ajenos-- no crearán riqueza, entendida ésta como plusvalía por el uso o empleo de tanto dinero. No. Son dineros destinados a esfumarse.
Cierto. Se esfumarían en el pago de comisiones a las afore. En realidad, estos entes administradores de fondos para el retiro están autorizadas a cobrar dos comisiones por flujos y saldos de cuentas de los trabajadores.
Y uno de los entes administradores --o afore-- es Inbursa, propiedad de Carlos Slim, uno de los individuos más ricos del mundo, poseedor, además, de Teléfonos de México, S. A., y una miríada de empresas asaz lucrativas.
Menciónese precisoriamente que la comisión por flujo es el costo para el trabajador por cada peso aportado de una base contributiva de un porcentaje del salario cotizable.
En el caso de Inbursa, ese porcentaje es del o.5.
Y más: por cada cien pesos pesos que ingresan a una cuenta individual, la citada empresa se lleva siete pesos con 60 centavos, aunque Inbursa es la que más bajas comisiones cobra. El máximo es de casi dos pesos por cada cien ingresados.
Las nuevas reformas a la Ley del SAR --las que se debatirían esta semana en la Cámara baja-- tienen por patrocinadores a los partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional (la mancuerna PRIAN), por lo que su aprobación se da por segura.
Glosario:
Tesauros: Tesoros.