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La Sangría

Fausto Fernández Ponte



I Súpose del hecho de que miembros de la Armada de México y agentes del Instituto Nacional de Migración violaron hace unos días a dos centroamericanas en Oaxaca, a manera de extorsión a migrantes extranjeros, civiles, en ruta a Estados Unidos.

Ese triste y lamentable episodio de abuso de autoridad motivado por la corrupción ocurrió en un contexto ominoso por su peligrosidad actual y potencial: la inconstitucional militarización para procurar justicia en el país.

Hágase la salvedad que esa militarización es la consecuencia de decisiones políticas, a nuestro ver aberrantes, adoptadas unilateralmente por el titular de facto del Poder Ejecutivo del Estado mexicano, personaje considerado espurio por muchos.

Así, la miltarización --aplaudida por unos, repudiada por otros-- es entendida por la inmensa mayoría del total de ciudadanos como el diseño de tácticas militares y la aplicación de las mismas por el Ejército y la Armada de México.

II La militarización del aparato procurador de justicia viola flagrantemente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues se registra al margen de cualquier considerando o imperativo deontológico del marco constitucional.

En efecto. La militarización se justificaría únicamente si existiesen condiciones para un estado de excepción o de emergencia nacional, como lo prevé incluso la misma Carta Magna. Militarizar la procuración de justicia es un abuso de poder.

La militarización realizada así trasciende la frontera de la coadyuvancia. Las Fuerzas Armadas no coadyuvan en la procuración de justicia, sino que son los actores centrales. Han invertido papeles. La policía es en realidad la coadyuvante.

Las reformas contitucionales recientes en materia penal y de seguridad --cuyo conjunto es conocido como la "Ley Gestapo"-- se refieren al uso civil (policiaco), no militar, de la potestad coactiva y coercitiva legal del Estado.

Con arreglo a ello, el trabajo policiaco no lo realizan civiles, sino soldados y marinos, movidos por resortes psíquicos y conductuales de la cultura de guerra. La lógica bélica rige el comportamiento de los militares en ese trato con civiles.

III De allí devienen los abusos en agravio de la población civil. Esos abusos son, por añadidura, cada vez más --numéricamente-- y mayores en cuanto a su naturaleza y perpetración. Emblematiza esa conducta la muerte de la indígena Ernestina Ascensión Rosario.

Doña Ernestina fue violada hace un año por soldados y falleció a consecuencia de esa conculcación de sus derechos humanos y garantías constitucionales. El episodio tiene aun secuelas judiciales determinadas por la cultura de la represión.

Ello es un verismo. Las autoridades civiles, por subrogación militar más que por ministerio de ley, persiguen todavía a médicos y funcionarios judiciales del estado de Veracruz y a por lo menos una periodista veracruzana y otro del Distrito Federal.

Ello nos habla de otra realidad alarmante y conturbadora: a la impunidad de las secuelas de acciones propias de la cultura de guerra súmanse las de la cultura de la simulación y encubrimiento en el mando civil, de carácter político, de las Fuerzas Armadas.

ffponte@gmail.com

Glosario:
Cultura: conjunto de estilos y modalidades de vida y costumbres y grado de desarrollo de una comunidad, una organización, etcétera.
Denontológico: perteneciente o relativo a la deintología. Ciencia o tratado de los deberes.



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